NUEVA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO. LOS BANCOS DEBEN PAGAR LOS IMPUESTOS DE LA HIPOTECA. No el cliente.

La Sección Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo declara en Sentencia de 16 de octubre de 2018, que el negocio inscribible es la hipoteca y que el único interesado en la elevación a escritura pública y su inscripción en el registro de la propiedad es el banco, porque esa inscripción permite al banco ejecutar la hipoteca de forma privilegiada.

Con esos razonamientos modifica la jurisprudencia de la propia sala sobre el sujeto pasivo, y expresamente anula el artículo 68.2 del Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, ahora será el banco el sujeto pasivo del impuesto de ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS.

Esta sentencia implica que puedes reclamar al banco la devolución del impuesto que en su día abonaste.

https://e00-elmundo.uecdn.es/documentos/2018/10/18/actos_juridicos.pdf

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